El Artículo 42.1 de la Ley General de los Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre), establece que aquellas empresas que emplean a 50 o más personas trabajadoras están obligadas a que, al menos, el 2% de la plantilla tengan el certificado de discapacidad (porcentaje de discapacidad igual o superior al 33%).